Comentario: El fallo en cuestión trata de la facultad del fiduciario de cobrarse sus honorarios de los bienes fideicomitidos (la cuenta fiduciaria). En el marco de la quiebra de “La Eco”, los liquidadores pidieron al fiduciario de un fideicomiso que devuelva los honorarios percibidos. El fallo de primera instancia hizo lugar, ordenando a Bapro Mandatos y Negocios SA -fiduciario del fideicomiso “LA ECO”- a restituir la suma de $ 2.098.670 que fue debitada en concepto de honorarios desde octubre de 2009 a junio de 2016. Entre otros argumentos, el juez consideró que previo a deducir los gastos de la cuenta del fideicomiso, el fiduciario tuvo que haber requerido el pago al fiduciante como establecía el contrato. Por su parte, el fiduciario argumentó que el patrimonio del fideicomiso se encuentra fuera de la quiebra del fiduciante, que no obstante tuvo que continuar con sus funciones, y que el fiduciante se encontraba inhabilitado para funcionar, por lo que no podía abonarle los gastos. Finalmente, la Cámara revocó el fallo de primera instancia, dando la razón al fiduciario.